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¿Exporta a Honduras? Recuerde que a partir del 1 de marzo debe utilizar la FYDUCA

marzo 1, 2018

Autor: Wendy Mena

A partir del 1 de marzo de 2018 el uso de la FYDUCA es obligatorio para todas las mercancías que gozan de libre circulación en la Unión Aduanera Guatemala – Honduras. Dichas mercancías podrán beneficiarse de mayor agilidad al pasar por las 3 fronteras con Honduras (Corinto, El Florido y Agua Caliente) utilizando los carriles habilitados para las mercancías amparadas por la FYDUCA. Recuerde que con la FYDUCA los transportistas o agentes económicos ya no realizaran ningún trámite o pago en frontera, únicamente confirman el prechequeo electrónico y entregar la FYDUCA en el módulo de verificación electrónica.
A continuación, le presentamos información que le puede ser útil para aprovechar al máximo los beneficios de este proceso:

¿Cómo verificó si mi producto se beneficia de la libre circulación?
Para verificar si su producto está en el listado de libre circulación (amparado por la FYDUCA) ingrese al siguiente link: http://www.ua.sieca.int/fyduca/Pages/_ConsultaListados.aspx
En el apartado “L2. Listado Completo…”, ingrese su código arancelario y en la tercera columna le indicará si tiene libre circulación y si requiere notificación sanitaria.

¿Qué pasa si mi producto está en el listado de excepciones a la libre circulación?
Si su producto está en el listado de excepciones a la libre circulación, continuaran utilizando los mismos documentos (FAUCA y Declaración de Mercancías) y realizando los trámites aduaneros que actualmente utiliza.

¿Cómo obtengo más información sobre el llenado de la FYDUCA?
Puede consultar el Manual de Transferencias de la FYDUCA en el siguiente link: https://portal.sat.gob.gt/portal/descarga/5022/fyduc a/17367/manual-de-transferencia-de-fyduca.ppsx
O comunicarse al call center de la Superintendencia de Administración de Tributaria 1550 o al correo [email protected]

¿Si utilizó la FYDUCA, cómo tramito el resto de permisos no arancelarios?
Para los productos que requieren de permisos del Ministerio de Agricultura se debe tramitar la notificación sanitaria (sustituye los permisos, certificados y licencias MSF). En el caso de las mercancías que necesitan permisos de otras autoridades (INAB, Ministerio de Energía y Minas, Ministerio de Cultura, CONAP) deben tramitarlos cómo actualmente lo hacen.
En el caso de los permisos del Ministerio de Salud, los productos autorizados podrán gozar de la Libre Circulación siempre y cuando tengan Reconocimiento Sanitario según párrafo 2 de la Resolución Instancia Ministerial UA 24-2017.

¿Cómo tramito la notificación sanitaria?
Puede consultar el Manual de la Notificación Sanitaria disponible en el siguiente link:
https://www.ua.sieca.int/NotificacionesMSF/ayuda/ManualUsuarios.pdf
O comunicarse con el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAGA) a [email protected]

¿Si mando productos amparados por el decreto 29-89, que documento utilizo?
De acuerdo con información proporcionada por la VUPE, en este momento hay diferentes escenarios posibles para las mercancías amparadas bajo el decreto 29-89 que se exportan a Honduras y que requieren una declaración para realizar descargas de cuenta corriente de la OPA:
• Si están en el listado de excepciones de la libre circulación pueden continuar utilizando un FAUCA.
• Si son mercancías con libre circulación pueden utilizar una Declaración Única Aduanera MR Clase 10. En este caso es importante tomar en cuenta que para contar con preferencias arancelarias pueden utilizar el DR CAFTA adjuntando un certificado de origen. Para ello es importante revisar la preferencia arancelaria aplicada por Honduras para el producto a enviar y que se cumple con la regla de origen. Además, debe consignar en la casilla 10 (Observaciones) del certificado de origen: “Multilateralidad, Artículo 3.3”. Otro aspecto que considerar es que en Honduras se tiene que presentar una Declaración de Importación con apoyo de un agente aduanero.
• Nacionalizar las mercancías y enviarlas con una FYDUCA. En este caso se procede a realizar el descargo con la DUA régimen MC de nacionalización (si procede).

Les recordamos que la Ventanilla Única para las Exportaciones –VUPE- y la Oficina de Perfeccionamiento Activo -OPA- continuarán operando con normalidad los trámites para las exportaciones de productos que no tienen libre circulación a Honduras. Adicionalmente, está apoyando a las empresas con información sobre la implementación de la FYDUCA y los procedimientos de la Unión Aduanera. Para cualquier pueden comunicarse al 24223535 o enviar con correo electrónico a seadex@acontreras

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